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Indemnización por accidente de trabajo

Abogado de Accidentes Laborales en Granada

¿Has sufrido un accidente de trabajo o una enfermedad profesional? Reclamamos la máxima indemnización por tus lesiones y secuelas frente a la empresa, la mutua y la Seguridad Social. Primera consulta gratuita.

Recargo de prestaciones Indemnización por daños y perjuicios Solo cobramos si ganamos

¿Qué puedes reclamar?

Prestación por incapacidad temporal durante la baja
Indemnización por daños y perjuicios a la empresa
Recargo de prestaciones del 30% al 50%
Pensión de incapacidad permanente si hay secuelas

No firmes ninguna indemnización que te ofrezca la mutua o la aseguradora sin consultarnos antes: casi siempre es muy inferior a lo que te corresponde.

¿Acabas de tener un accidente? Esto es lo que debes hacer

1

Comunica el accidente a tu empresa de inmediato y exige que lo registre como accidente laboral.

2

Acude a la mutua o a urgencias y guarda todos los partes e informes médicos.

3

Documenta cómo ocurrió: fotos, testigos y las condiciones de seguridad del puesto.

4

Llámanos antes de firmar nada. Estudiamos tu caso gratis y sin compromiso.

Tu abogada

Irene Manzano, abogada especializada en accidentes de trabajo en Granada

Soy Irene Manzano Pérez, abogada laboralista colegiada nº 8337 en el Ilustre Colegio de Abogados de Granada. Defiendo a trabajadores accidentados para que reciban todas las indemnizaciones que les corresponden, no solo la prestación básica de la mutua.

La mayoría de los trabajadores no sabe que, además de la baja, pueden reclamar una indemnización por daños y perjuicios a la empresa y un recargo de prestaciones cuando ha habido falta de medidas de seguridad. Mi trabajo es analizar todas las vías de reclamación y conseguir la compensación máxima por tus lesiones y secuelas.

Colegiada nº 8337 · ICAGR Máster en Abogacía · UGR Experta en accidentes laborales
Irene Manzano Pérez, abogada especializada en accidentes laborales en Granada, colegiada nº 8337
Irene Manzano · Colegiada 8337
Las tres vías de reclamación

Por un accidente laboral puedes cobrar mucho más de lo que crees

Cuando sufres un accidente de trabajo no tienes derecho a una sola indemnización, sino a varias compatibles entre sí. La mayoría de trabajadores solo reclama la primera y pierde el resto.

1

Prestaciones de la Seguridad Social

La prestación por incapacidad temporal durante la baja y, si quedan secuelas que te impiden trabajar, la pensión de incapacidad permanente en el grado que corresponda. Es la vía básica, pero no la única.

2

Indemnización por daños y perjuicios

Una indemnización adicional a cargo de la empresa o su aseguradora que compensa el daño físico, las secuelas, el daño moral y el lucro cesante, calculada según el baremo de tráfico aplicado a lo laboral.

3

Recargo de prestaciones (30%–50%)

Si el accidente se produjo por falta de medidas de seguridad, la empresa debe pagar un recargo de entre el 30% y el 50% sobre todas las prestaciones, que va directamente a tu bolsillo.

En qué te ayudamos

Situaciones que resolvemos a diario

Si te encuentras en cualquiera de estas situaciones tras un accidente de trabajo, podemos ayudarte a reclamar lo que te corresponde.

Accidente por falta de medidas de seguridad

Reclamamos el recargo de prestaciones y la indemnización por daños cuando la empresa no cumplió la prevención de riesgos.

La mutua me da el alta y aún tengo secuelas

Impugnamos el alta médica prematura y, si procede, solicitamos el reconocimiento de incapacidad permanente.

No he cobrado la indemnización que me corresponde

Si la empresa o la aseguradora no te ha pagado, o te ofrece menos de lo justo, reclamamos la cuantía completa.

Enfermedad profesional por mi trabajo

Reclamamos cuando una enfermedad ha sido causada o agravada por las condiciones de tu puesto de trabajo.

Accidente in itinere (yendo o volviendo del trabajo)

El accidente sufrido en el trayecto entre casa y el trabajo también es accidente laboral y da derecho a reclamar.

La empresa niega que sea accidente laboral

Si la empresa o la mutua lo cataloga como enfermedad común para pagar menos, peleamos su consideración como laboral.

No aceptes la primera indemnización sin saber cuánto te corresponde de verdad

858 215 343
Cómo trabajamos

Así reclamamos tu accidente de trabajo

Empieza hoy mismo

La primera consulta es gratuita. Revisamos tus partes médicos y las circunstancias del accidente sin compromiso.

858 215 343
1

Análisis del accidente y las lesiones

Estudiamos los partes médicos, el atestado, los informes de la mutua y las circunstancias en que se produjo el accidente para determinar todas las vías de reclamación posibles.

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Valoración del daño y las secuelas

Cuantificamos la indemnización aplicando el baremo y, si quedan secuelas, valoramos el grado de incapacidad permanente que podría corresponderte.

3

Reclamación de todas las indemnizaciones

Reclamamos la prestación de la Seguridad Social, la indemnización por daños a la empresa y el recargo de prestaciones si hubo falta de medidas de seguridad.

4

Negociación o juicio

Negociamos con la empresa y la aseguradora la mejor indemnización posible y, si no hay acuerdo justo, te representamos ante el Juzgado de lo Social de Granada.

Preguntas frecuentes

Dudas frecuentes sobre accidentes laborales

Respondemos a lo que más preguntan los trabajadores de Granada que han sufrido un accidente de trabajo.

Depende de tus lesiones y secuelas, pero por un accidente de trabajo puedes acumular hasta tres indemnizaciones compatibles: la prestación de la Seguridad Social durante la baja, una indemnización por daños y perjuicios a cargo de la empresa, y un recargo de prestaciones del 30% al 50% si hubo falta de medidas de seguridad. La mayoría de trabajadores solo cobra la primera. Llámanos y calculamos todo lo que te corresponde.
No firmes nada sin consultarnos primero. Las ofertas iniciales de la mutua o la aseguradora suelen ser muy inferiores a lo que realmente te corresponde, y firmar puede cerrar la puerta a reclamar el resto. Una revisión rápida de tu caso puede suponer una diferencia de miles de euros.
El recargo de prestaciones es un incremento del 30% al 50% sobre todas las prestaciones que cobras, que debe pagar la empresa cuando el accidente se produjo por incumplir las medidas de seguridad. Es una cantidad que va directamente al trabajador y que la empresa no puede asegurar, por lo que la paga de su bolsillo.
Sí. Es lo que se llama accidente in itinere: el que sufres en el trayecto habitual de ida o vuelta entre tu domicilio y el trabajo. Tiene la misma consideración legal que un accidente ocurrido en el centro de trabajo y da derecho a las mismas prestaciones e indemnizaciones.
El plazo general para reclamar la indemnización por daños y perjuicios es de 1 año desde la consolidación de las secuelas (normalmente desde el alta médica). Para otras acciones los plazos varían, por lo que conviene consultar cuanto antes para no perder ningún derecho.
La primera consulta es gratuita y sin compromiso. En las reclamaciones de indemnización trabajamos habitualmente a éxito: solo cobramos un porcentaje de lo que conseguimos para ti. Los honorarios se pactan por escrito desde el principio, sin sorpresas.
Un despido durante la baja por accidente laboral puede ser declarado nulo o improcedente. Si hay indicios de que te despiden por estar de baja, el despido nulo obliga a la empresa a readmitirte y a pagarte los salarios dejados de percibir. Consúltanos de inmediato si te encuentras en esta situación.

Tras un accidente, tu prioridad es recuperarte. La nuestra, que cobres lo justo

Soy Irene Manzano Pérez, abogada laboralista en Granada colegiada nº 8337. Cuéntame cómo fue tu accidente en una primera consulta gratuita y te diré con sinceridad cuánto puedes reclamar y por qué vías.

Calle Sol, 21, Granada Lun–Vie 9:00–19:30 Consulta gratuita

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